Micelio
Auto28 de enero de 2026

A-020/26 de 2026

Ponente Natalia Ángel Cabo

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Subjetivo-La Única Autoridad Que Reclamó La Competencia Es El Juzgado De Instrucción Penal Militar Para Conocer De Proceso Contra Soldado Profesional.
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Silvia, Cauca, y el Juzgado 035 de Instrucción Penal Militar Cantón Militar José Hilario López de Popayán, Cauca, suscitado por una investigación penal adelantada en contra de un ciudadano, por la presunta comisión del delito de homicidio.

Al analizar los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que este no se configura.

Ello, por cuanto encuentra la Sala que la única autoridad jurisdiccional que reclama la competencia es el Juzgado 035 de Instrucción Penal Militar.

No hay prueba o pronunciamiento por parte de cualquier otra autoridad jurisdiccional que, de forma concurrente, reclame la competencia en este caso.

Señala que, incluso, la fiscalía general de la Nación coincide en que la competencia para investigar y juzgar el asunto le corresponde a la justicia penal militar, por lo que no es necesario evaluar si los hechos están relacionados o no con graves violaciones a los derechos humanos, a efectos de definir si el ente investigador podría o no plantear el conflicto, como lo ha señalado la jurisprudencia de esta Corporación.

Como el Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Control de Garantías de Silvia se abstuvo de reclamar o rechazar su competencia y dado que la fiscalía general de la Nación coincide en que el asunto debe ser tramitado ante la justicia penal militar, en este caso no se planteó propiamente un conflicto de jurisdicciones por ausencia del elemento subjetivo.

La Corte se declara inhibida para emitir un pronunciamiento de fondo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.